CIRCULAR: 3219/14
RC: 53/03/14
RR
Montevideo, 22 de agosto de 2014
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE.....................................................................
Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secunadaria en Sesión de fecha 21 de agosto de 2014, dictó la suiguiente Resolución que en lo pertinente se transcribe:
“VISTO: la reiteración de reclamos por el cómputo de inasistencias por medidas gremiales a efectos del cálculo de la actividad computada y del presentismo;
RESULTANDO: que el asunto se encuentra expresamente regulado en la Resolución N° 12, Acta N° 90 del Consejo Directivo Central del 12 de setiembre de 2006, cuyo texto se adjunta a la presente.
CONSIDERANDO: que se estima conveniente reiterar la difusión de la citada norma, a efectos de ratificar su plena vigencia.
ATENTO: a lo expuesto.
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
Difundir la Resolución N° 12 del Acta N° 90 del Consejo Directivo Central adoptada el 12 de diciembre de 2006, cuyo texto luce adjunto a obrados, encomendando a los jerarcas de Liceos y Dependencias del CES su exhibición en los lugares habituales de publicación de novedades, para conocimiento de los funcionarios docentes y no docentes.”.
FIRMADO POR: DRA. MARIA BEATRIZ BELLO.-Secretaria General.-