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Prima por matrimonio

La prima por matrimonio es una cantidad fija percibida por el funcionario al contraer matrimonio. El matrimonio dará derecho a percibir una sola prima por matrimonio por uno de los cónyuges. 

Requisitos para realizar la solicitud

Poseer un año de antigüedad en el cargo a la fecha del casamiento. 

Cómo realizar el trámite

Enviar escaneados los siguientes documentos a los correos que se detallan a continuación, antes de los 60 días de ocurrido el matrimonio civil (se contabilizan días corridos):

  • Declaración de situación Funcional con solicitud y firma del cónyuge que renuncia al cobro del beneficio
  • Partida de matrimonio, ya sea el original escaneado o una fotocopia autenticada
  • Si el funcionario o su cónyuge tienen otro empleo público, debe presentar un negativo de ese empleo que certifique que no percibe tal beneficio

Correos:

  • consultasdhf@ces.edu.uy: adscriptos, preparadores, POB, POP, subdirectores y directores.
  • haciendafuncionarios@ces.edu.uy: administrativos, auxiliares, pasantes y becarios.
  • consultasdd@ces.edu.uy: docentes que desempeñan la docencia directa.

También se puede presentar la documentación en el lugar de trabajo en que se desempeña el solicitante y pedir que la remitan a División Hacienda o presentarse directamente en División Hacienda de lunes a viernes de 9.00 a 17.00 h (Rincón 660). 

Oficina encargada

División Hacienda | Departamento de Liquidaciones

Contacto

Teléfonos: 2 916 32 12 - 2 916 32 36