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R.C.68/02/12-OFICIO No.440/12/mlp

 

                                                                                                    OFICIO No. 440/12

                                                                                                    R.C. 68/02/12

                                                                                                   mlp

Montevideo, 26 de octubre de 2012.

SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE .....................................................................................

         Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión de fecha 25 de octubre de 2012, dictó la siguiente resolución:

        “VISTO:Que el Departamento Docente eleva el Escalafón de Directores y Sub-Directores correspondiente al año 2012, que fuera confeccionado de acuerdo con las calificaciones otorgadas por las Juntas Calificadoras designadas a tal efecto.

         CONSIDERANDO: I) Que en el mismo fueron incluidos todos los Directores y Sub-Directores del país que revisten carácter de Efectivo de acuerdo a lo dispuesto por el Consejo Directivo Central en Acta E 3 Resolución 1 del 25 de febrero de 1996 (Oficio Mim. 47/96).

                                II) Que en los distintos concursos efectuados para lograr la efectividad en cargos de Dirección y Sub-Dirección, se aplicaron criterios diferentes, no siendo siempre requisito tener título habilitante , existiendo situaciones amparadas por otras normativas.

                                  III) Que consecuentemente, por R.C. 55/05/01 del 10/10/01 (Oficio 7723/01), previa consulta a División Jurídica de este Desconcentrado, la misma aconsejó no aplicar lo dispuesto por el Art.13 in fine por lo que una vez agotados los ítems anteriores previstos por el mismo, de persistir igualdades de puntaje, deberá tenerse en cuenta en primera instancia la antigüedad del docente en el desempeño de Cargos de Dirección y Sub-Dirección y, de mantenerse dicha igualdad, la antigüedad en el Escalafón Docente.

                             IV) Que se dio cumplimiento con las disposiciones que al respecto, están establecidas en el Estatuto del Funcionario Docente, Acta E 3 Resolución 1 del 25/02/96 y en la RC. 55/05/01- 10/10/01 comunicada por Oficio 7723/01.

                              V) Que a los Directores y Sub-Directores que ingresaron al grado en el año 2012 no se les adjudicó puntaje por tratarse del Escalafón correspondiente a dicho año.

                          VI) Que asimismo, en este Escalafón consta el ingreso a la efectividad y al grado, como también la fecha en la que se produjo el último traslado.

           ATENTO: A lo expuesto.

           EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:

             I) Aprobar el ordenamiento de Directores y Sub-Directores de todo el país correspondiente al año 2012,Escalafón que es publicado en pág. web a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

                   II) Solicitar a los Directores y Subdirectores que se notifiquen de su ubicación en el Escalafón, y aquellos que consideren que la misma no es la correcta, deberán presentar su reclamo por escrito. Se adjunta formulario para efectuar la notificación correspondiente, la que quedará en el liceo y deberá ser incorporada al formulario de reclamo, en caso de que éste sea presentado. El formulario para efectuar el reclamo se encuentra publicado en página Web de este Desconcentrado (www.ces.edu.uy). El mismo se deberá presentar junto a la documentación probatoria de la petición en Mesa de Entrada del Organismo, dentro de los diez días hábiles a partir de efectuada la notificación.”

 

FIRMADO POR : PROF. BLANCA GRACIELA MERCAPIDE.-SECRETARIA-GENERAL.

 

iFormulario Notificación_de_Escalafón