CIRCULAR No. 3179
EXP. 3/4771/12
sr
Montevideo, 7 de octubre de 2013.
SEÑOR DIRECTOR O JEFE DE.................................................................................................
Pongo en su conocimiento que el Consejo de Educación Secundaria en Sesión Nº66 de fecha 3 de octubre de 2013, dictó la siguiente resolución:
“VISTO: que por Exp.3/4771/2012, la Inspección Técnica eleva una propuesta de desconcentración administrativa del trámite de Tolerancias y Exoneraciones.
RESULTANDO: I) que la tramitación actual de las exoneraciones y tolerancias realizadas en el marco de las Circulares 1725/84 y 2045/91, prevé etapas e instancias de toma de decisión que insumen tiempos que retrasan el conocimiento de los interesados de los informes médicos y recomendaciones de contenido estrictamente técnico;
II) que dicho dictamen técnico constituye el núcleo dispositivo del acto administrativo que resuelve lo tramitado;
III) que de fojas 14 a 17 la Inspección Técnica eleva iniciativa para la adopción de un nuevo Protocolo de Trámite de Tolerancia y Exoneración, acompañado de Anexo que luce de fs 16 a 17.
CONSIDERANDO: I) que los aspectos sustanciales del trámite consisten en dictámenes técnicos de la Unidad de Diagnóstico Integral “Sebastián Morey Otero”, conteniendo dictamen médico y recomendaciones relevantes para los aprendizajes y evaluación de los alumnos;
II) que se valora favorablemente la iniciativa mencionada en el Visto, en cuanto optimizaría los plazos para que los interesados (alumnos, padres, Centro Educativo y docentes) tomen conocimiento en tiempo oportuno para implementar las acciones pedagógicas consecuentes;
III) que lo anterior contribuiría al debido cumplimiento de los artículos 5º, 8º y 72.b de la Ley General de Educación 18.437 de 12/12/2008, a la tutela del derecho a la educación de las personas discapacitadas dispuesto en los artículos 2º a 9º de la ley 16.095 de 20/11/1989, y a lo previsto en el artículo 10 del Código de la Niñez y la Adolescencia;
IV) que lo propuesto por la Inspección Técnica constituye una iniciativa procedente y adecuada para optimizar la organización del cumplimiento de los cometidos del CES.
ATENTO: a la competencia atribuida por el artículo 63 de la Ley 18,437 de 12/12/2008, en especial en sus literales C), E) y M)
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA RESUELVE:
I) Facultar a la Inspección Técnica a disponer, autorizar y comunicar a los interesados las exoneraciones, tolerancias y otras recomendaciones técnicas emitidas por la U.D.I (Unidad de Diagnóstico Integral). A tales efectos deberá disponer las comunicaciones y notificaciones necesarias para la efectividad de lo recomendado, y elevar lo actuado a Secretaría General del CES a efectos de disponer las etapas ulteriores de tramitación.
-
II) Aprobar el Protocolo de Trámite de Tolerancia y Exoneración que luce de fojas 14 a 15, y el Anexo que acompaña de fojas 16 a 17.”
FIRMADO POR: INSP. JORGE NANDEZ – ASESOR DOCENTE
FORMULARIO_TOLERANCIA_Y_EXONERACION.