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Nuevo Procedimiento para solicitar Licencia Especial amparados en los Artículos 70.13 y 70.14 del EFD

Se comunica a los Equipos de Dirección que desde el 01/06/17:

El Único Procedimiento para solicitar Licencia Especial amparados en los Artículos 70.13 y 70.14 del Reglamento de Funcionarios Docentes es el siguiente:

  1. El Centro Educativo recibe el Formulario y la documentación correspondiente presentada por el interesado.

  2. El Director (en caso de ausencia de este el Sub Director) lo informa en un plazo no mayor a  48 horas y lo eleva directamente a su Inspección Regional. En ningún caso requiere intervención de la Inspección General Docente, de Institutos y Liceos. No se genera expediente.

  3. La autorización o negativa que resuelva la Inspección Regional será comunicado al Centro Educativo para notificar de inmediato al interesado, y según corresponda, el liceo realizará los registro en el Portal Educativo( gestión de cobertura de vacante).

  4. Ante una recusación por parte del interesado dada la negativa de su solicitud el mismo deberá hacer los descargos ante el Consejo Consejo generando el expediente correspondiente adjuntando todos los antecedentes generados.

  5. Procedimiento completo para Solicitud de Docentes,  Directores o Sub Directores.