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Comunicado sobre las elecciones del día 28/11/2021

Comunicado sobre las elecciones del día 28/11/2021

La Ley de Elecciones N.º 16584 en su modificación al Art. N.º 39 establece: “Los funcionarios públicos que sean designados para integrar Comisiones Receptoras de Votos, en caso de ejercer sus funciones, tendrán asueto el día siguiente al de la elección y cinco días de licencia”.

Cabe aclarar que los cinco días de licencia que se otorgarán a los titulares de las Comisiones podrán ser usufructuados inmediatamente previo a la licencia anual reglamentaria o a continuación de la misma por razones de servicio.